Un apoyo a las entidades con poca actividad económica y que cuentan con recursos personales y materiales limitados para hacer cumplir las exigencias formales tributarias.
En el
Consejo de Ministros del pasado viernes 27 de febrero, el Gobierno decidió finalmente aprobar una modificación parcial de la
Ley 27 del Impuesto de Sociedades , que obligaba a todas las entidades, sin excepción, a presentar el Impuesto de Sociedades. Esta
modificación parcial se ha incluido en el artículo 7 del
Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social . Con esta nueva normativa, el gobierno recupera los 3 supuestos de exención del Impuesto de Sociedades anteriores a la reforma fiscal, y
rebaja los límites de las que ahora
quedan exentas de presentar el impuesto, únicamente
las entidades con ingresos de menos de 50.000 € siempre y cuando:- Todos los ingresos no exentos que se obtengan (capital, actividades económicas) estén sometidas a retención.
- Estos ingresos no exentos sometidos a retención no superen los 2000 € anuales.
Así lo había anunciado ya el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro,
el pasado día 10 de febrero en el Senado y, posteriormente, en una reunión con el presidente de la
Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), Íñigo de la Serna el pasado día 26 de febrer.En su exposición de motivos, la nueva Ley indica que establecen estos límites con el fin de
aligerar el cumplimiento de obligaciones formales a las entidades parcialmente exentas.